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Razones para la suspensión del contrato laboral

El contrato de trabajo en Colombia, además de tener diferentes modalidades y formas de realizarse, también se puede culminar por diversas razones, por lo cual, en esta ocasión, abordaremos los motivos por los cuales se puede dar la suspensión del contrato laboral.

Para empezar, recordemos ¿qué es el contrato laboral?

El contrato de trabajo se define como el acuerdo de voluntades mediante el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio laboral a otra persona, natural o jurídica.

Dicho acuerdo se realiza bajo dependencia o subordinación y será reconocido con una remuneración.[1]

Ahora, ¿por qué se puede dar la suspensión del contrato laboral?

De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo en Colombia, el contrato laboral se puede suspender por las siguientes razones:

1. Por fuerza mayor o caso fortuito que temporalmente impida su ejecución.

2. Por la muerte o la inhabilitación del empleador, cuando este sea una persona natural y cuando ello traiga como consecuencia necesaria y directa la suspensión temporal del trabajo.

3. Por suspensión de actividades o clausura temporal de la empresa, establecimiento o negocio, en todo o en parte hasta por 120 días.

Esto por razones técnicas o económicas u otras independientes de la voluntad del empleador, mediante autorización previa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

De la solicitud que se eleve al respecto el empleador deberá informar en forma simultánea, por escrito, a sus trabajadores.

4. Por licencia o permiso temporal concedido por el empleador al trabajador o por suspensión disciplinaria.

5. Por ser llamado el trabajador a prestar el servicio militar.

En este caso el empleador está obligado a conservar el puesto del trabajador hasta por 30 días después de terminado el servicio.

Dentro de este término el trabajador puede reincorporarse a sus tareas, cuando lo considere conveniente, y el empleador está obligado a admitirlo tan pronto como este gestione su reincorporación.

6. Por detención preventiva del trabajador o por arresto correccional que no exceda de 8 días por cuya causa no justifique la extinción del contrato.

7. Por huelga declarada en la forma prevista en la Ley.[2]

¿Qué sucede con las responsabilidades del trabajador y empleador durante la suspensión?

Durante el período de las suspensiones del contrato laboral se interrumpe para el trabajador la obligación de prestar sus labores o servicios y para el empleador la de pagar los salarios de esos lapsos.

Sin embargo, durante la suspensión corren a cargo del empleador, además de las obligaciones ya surgidas con anterioridad, las que le correspondan por muerte o por enfermedad de los trabajadores. [3]

Estos períodos de suspensión pueden descontarse por el empleador al liquidar vacaciones, cesantías y jubilaciones.

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[1] Proceso de contratación. Ministerio de Trabajo. Recuperado de: https://www.mintrabajo.gov.co/web/empleosinfronteras/proceso-de-contratacion

[2] Código Sustantivo del Trabajo. Artículo 51. Congreso de la República.

[3] Código Sustantivo del Trabajo. Artículo 53. Congreso de la República.

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