Tener una empresa segura es uno de los objetivos principales que se deben lograr para brindar un lugar de trabajo confiable a todos los que la integran.
Para alcanzar esta meta, es esencial contar con un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo que sea la guía para todos, el cual debe ser evaluado previamente para su óptimo funcionamiento.
Esta evaluación inicial deberá realizarse con el fin de identificar las prioridades en seguridad y salud en el trabajo para establecer el plan de trabajo anual o para la actualización del existente en su empresa.
Por esta razón, la misma debe ser realizada por el personal idóneo de conformidad con la normatividad vigente, incluyendo los estándares mínimos que se reglamenten.
¿Qué se logra con esta evaluación inicial?
La evaluación permitirá mantener vigentes las prioridades en seguridad y salud en el trabajo acorde con los cambios en las condiciones y procesos de trabajo de la empresa y su entorno, y acorde con las modificaciones en la normatividad del Sistema General de Riesgos Laborales en Colombia.[1]
¿Qué debe incluir la evaluación inicial del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo?
La evaluación inicial debe incluir, de acuerdo al Decreto 1072 del 2015, los siguientes aspectos:
1. La identificación de la normatividad vigente en materia de riesgos laborales incluyendo los estándares mínimos del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales para empleadores, que se reglamenten y le sean aplicables.
2. La verificación de la identificación de los peligros, evaluación y valoración de los riesgos, la cual debe ser anual. En la identificación de peligros deberá contemplar los cambios de procesos, instalaciones, equipos, maquinarias, entre otros.
3. La identificación de las amenazas y evaluación de la vulnerabilidad de la empresa; la cual debe ser anual.
4. La evaluación de la efectividad de las medidas implementadas, para controlar los peligros, riesgos y amenazas, que incluya los reportes de los trabajadores; la cual debe ser anual.
5. El cumplimiento del programa de capacitación anual, establecido por la empresa, incluyendo la inducción y reinducción para los trabajadores dependientes, cooperados, en misión y contratistas.
6. La evaluación de los puestos de trabajo en el marco de los programas de vigilancia epidemiológica de la salud de los trabajadores.
7. La descripción sociodemográfica de los trabajadores y la caracterización de sus condiciones de salud, así como la evaluación y análisis de las estadísticas sobre la enfermedad y la accidentalidad.
8.El registro y seguimiento a los resultados de los indicadores definidos en el SGSST de la empresa del año inmediatamente anterior.[2]
¿Qué papel cumple el empleador en esta evaluación?
Todos los empleadores deberán realizar la evaluación y análisis de las estadísticas sobre la enfermedad y la accidentalidad ocurrida en los dos (2) últimos años en la empresa, la cual debe servir para establecer una línea base y para evaluar la mejora continua en el sistema.
Además, el empleador o contratante debe facilitar mecanismos para el autorreporte de condiciones de trabajo y de salud por parte de los trabajadores o contratistas; esta información la debe utilizar como insumo para la actualización de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
¿Qué más debe saber sobre esta fase?
La evaluación inicial debe estar documentada y debe ser la base para la toma de decisiones y la planificación de la gestión de la seguridad y salud en el trabajo.
Todo con el objetivo de contar con los fundamentos necesarios para buscar la mejora continua y lograr a partir de la evaluación y el análisis, una empresa que priorice la seguridad y salud en el trabajo a través de la identificación de los peligros, evaluación y valoración de los riesgos para así entregar a sus colaboradores un lugar seguro y confiable para desarrollar sus labores.
Contar con Zona Protegida de SSI garantizará la seguridad de los colaboradores, clientes, proveedores y visitantes que se encuentren dentro de las instalaciones de su empresa.
¿Desea conocer la planificación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo? Espérelo en nuestro siguiente blog. ¡Muy pronto!
Referencia:
Decreto
1072 de 2015. Ministerio del Trabajo, Colombia. 26 de mayo de 2015.
[1] Artículo 2.2.4.6.16. Ministerio del Trabajo. Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015.
[2] Artículo 2.2.4.6.16. Ministerio del Trabajo. Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015.