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Autorización de horas extras en Colombia

Las razones para realizar horas extras pueden variar y pueden incluir necesidades operativas, proyectos urgentes, demandas estacionales o cualquier otra circunstancia que requiera trabajo adicional más allá de la jornada laboral estándar.

Sin embargo, pese a la premura con las cuales se puedan requerir, siempre es importante conocer cuáles son los criterios para su autorización y qué se tiene en cuenta durante el trámite para la autorización o negación de horas extra en Colombia.

Para iniciar, recordemos ¿qué son las horas extras?

De acuerdo con el artículo 159 del Código Sustantivo del Trabajo, es trabajo suplementario o de horas extras el que excede de la jornada ordinaria y en todo caso de la máxima legal.[1]

Y ¿qué se tiene en cuenta antes de la autorización de horas extras?

El análisis a realizar por parte del funcionario del Ministerio del Trabajo a cargo, tendrá en cuenta:

  • Lo solicitado por el empleador.
  • Lo manifestado por los trabajadores/as y las organizaciones sindicales en caso de existir.
  • La verificación de las manifestaciones y los documentos presentados en la solicitud, respecto de las actividades que se pretenden desarrollar en trabajo suplementario.

Las cuales no deben generar una exposición del trabajador a condiciones que atenten contra su salud y seguridad en el trabajo.

Esto conforme a la normatividad relacionada que establezca la exposición a cualquier factor de riesgo (físico, químico, biológico, ergonómico, psicosocial), por encima de los límites permisibles, que pueda generar daño en la salud y seguridad de los trabajadores.

  • Y, por último, que la jornada suplementaria solicitada por el empleador se encuentre conforme a lo permitido por la Ley.[2]

¿Qué se debe saber respecto a la decisión de la autorización de horas extras?

1. Si no se dieran las condiciones para el trabajo en horas extras, o no se cumplieron con las condiciones y obligaciones señaladas al empleador solicitante se negará la autorización.

Lo cual no impide a que a futuro este pueda realizar nuevamente su solicitud.

2. De ser autorizado, el acto administrativo que lo ordena dará cuenta del número de horas extraordinarias que puedan ser trabajadas.

3. En el acto administrativo de autorización se establecerá la obligatoriedad de dar cumplimiento a lo preceptuado, en el Artículo 2.2.1.2.1.2 del Decreto 1072 de 2015, como lo es:

Llevar por parte del empleador diariamente un registro diario de trabajo suplementario, por trabajador, en el cual se especifique su nombre, edad, sexo, actividad desarrollada.

Además de número de horas laboradas indicando su naturaleza diurna o nocturna y la liquidación de la remuneración correspondiente la cual deberá entregarse al trabajador.

La inclusión de lo autorizado en el capítulo respectivo del Reglamento de Trabajo.

4. Finalmente, concedida la autorización, o denegada, el empleador debe fijar copia de la providencia emitida por este Ministerio en todos los centros de trabajo o establecimientos, y el sindicato o sindicatos que tendrán derecho, al igual que el empleador, a hacer uso de los recursos legales contra ella.[3]

Si deseas conocer más sobre la autorización de horas extra en el entorno laboral espera nuestro blog de la próxima semana.

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[1] Código Sustantivo de Trabajo. Colombia. Artículo 159.

[2] Circular 069 del 20 de septiembre de 2023. Punto B. Ministerio del Trabajo.

[3] Circular 069 del 20 de septiembre de 2023. Punto C. Ministerio del Trabajo.