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Requisitos que debe cumplir una ambulancia

Una vez conocimos los primeros conceptos del servicio de traslado en ambulancia en el país, procederemos a abordar los requisitos mínimos que deben cumplir las ambulancias para transporte terrestre.

Recordemos que estos vehículos están destinados a la prestación del servicio de transporte de pacientes, de acuerdo con su complejidad, es decir, su estado clínico patológico, de allí la importancia de cumplir con lo establecido por la norma.

Para iniciar conozcamos ¿cuáles son los requisitos de la carrocería de una ambulancia?

Cuando por las condiciones de operación la ambulancia requiera equipos especiales, que necesariamente deban ser ubicados en el parachoques (Bomper), se permitirá:

La instalación de aditamentos o estructuras adicionales, por ejemplo, para malacate (Winches) o soportes de antena.

Así mismo, la carrocería debe poseer un compartimento aislado para los cilindros de oxígeno, de tipo centralizado fijo en el vehículo con manómetros visibles para la tripulación y regulables desde el compartimento del paciente.

Al igual, las mangueras que conducen oxígeno para uso medicinal (desde el recipiente de oxígeno hasta la toma de pared) deben resistir:

Las presiones de suministro, los cambios de temperatura, demás condiciones de uso y garantizar la no migración de elementos nocivos al oxígeno suministrado al paciente.

Además:

Los equipos de tratamiento médico deben estar en el compartimiento del paciente y estar asegurados convenientemente sin detrimento de su funcionamiento.

A su vez, todas las ambulancias deben tener una barra pasamanos, de mínimo 70 % de largo con respecto a la longitud total del habitáculo del paciente de material resistente y antioxidante, fijada al techo y ubicada longitudinalmente de tal manera que sirva para el sostenimiento del personal asistencial.

De igual manera, todos los asientos, del compartimiento del paciente, deben contar con espaldar, apoyacabezas y cinturón de seguridad tipo anclaje de mínimo dos puntos, tipo automotriz, y deben cumplir con la NTC 1570.

Finalmente, las ambulancias medicalizadas que trasladen pacientes que requieran incubadora deben contar con dispositivos que garanticen el anclaje de la misma durante su transporte sin detrimento en la atención del paciente.[1]

¿Qué requisitos deben cumplir las puertas?

Para permitir la entrada al interior de la ambulancia, ésta debe contar, como mínimo, con cuatro accesos:

a. Dos ubicadas en la cabina de conducción como acceso al compartimento del conductor, el cual se debe efectuar por medio de dos puertas colocadas una en cada costado del mismo, con apertura tanto exterior como interior, con bloqueo mediante llave desde el exterior y con otro tipo de accionamiento desde el interior.

La apertura debe hacerse mediante un giro sobre su eje vertical, de atrás hacia adelante y con un ángulo de giro mínimo de 75°.

Además, deben presentar:

Una altura mínima de 0,60 m, excepto cuando afecte el paso de la rueda en su parte inferior.

b. El acceso principal al compartimento del paciente debe estar situado en la parte posterior de la cabina de transporte y constituido por una o dos hojas de apertura lateral u horizontal (que giren sobre el eje vertical u horizontal superior), con mecanismo de aseguramiento que permita mantenerlas en posición de abiertas.

Debe tener una apertura útil mínima de 1,10 m de altura y de 0,90 m de ancho.

Por su parte, en las ambulancias construidas con carrocerías tipo panel, el acceso posterior puede estar constituido por una puerta de una sola hoja, con sistema de apertura mediante giro sobre el eje horizontal situado en la parte superior de la pared posterior.

En todo caso, esta puerta debe contar con mecanismo de cierre y apertura al y desde el interior del vehículo.

c) El cuarto acceso se debe ubicar en el costado derecho de la ambulancia y debe tener:

Apertura útil de 0,60 m de ancho y 1,10 m de altura como mínimo, girando sobre su eje vertical, puede ser también del tipo deslizante.

De igual manera, esta puerta debe contar con mecanismo de cierre y apertura al y desde el interior del vehículo.

A tener en cuenta:

Para facilitar el acceso de personal, por la puerta principal al compartimento del paciente, esta debe:

Estar dotada de un peldaño, que puede ser el original del vehículo o adherido a la carrocería o el bomper del vehículo, que resista el peso de su uso.

El peldaño debe garantizar condiciones de salud ocupacional para el personal que acceda.

Además, debe tener en cuenta que:

La altura debe ajustarse a las condiciones topográficas en que opere el vehículo y no requerir la utilización de aditamentos adicionales para subirse.

El peldaño debe contar con antideslizante.

Además, debe contar con un sistema de agarre de material lavable, no absorbente y que resista el peso de su uso, ubicado en el interior de la ambulancia, costado posterior derecho, que no limite el libre desplazamiento y a una altura que garantice su funcionalidad para la correcta sujeción del personal que accede por la puerta principal del compartimiento del paciente.

Asimismo, las puertas deben ser diseñadas para evitar la apertura accidental; con mecanismos de apertura y aseguramiento tanto interior como exteriormente, con bloqueo mediante llave exterior.

Además, las ambulancias deben poseer un indicador visual luminoso de puertas abiertas, instalado en el panel frontal de instrumentos del conductor.

Todas las puertas de acceso deben ser herméticas, con el propósito de evitar la entrada de aire, agua o polvo al interior del vehículo.

Finalmente:

En la parte interior de todas las puertas deben instalarse uno o varios elementos reflectivos de color rojo, de manera que la señalización sea máxima, cuando las puertas estén totalmente abiertas.[2]

Si deseas continuar conociendo más sobre este y otros temas relacionados con atención de urgencias y emergencias no dudes en consultar el blog de Zona Protegida de SSI.

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[1] NTC 3729: Punto 4.3. TIPOLOGÍA VEHICULAR. AMBULANCIAS DE TRANSPORTE TERRESTRE.

[2] NTC 3729: Punto 4.3.2. TIPOLOGÍA VEHICULAR. AMBULANCIAS DE TRANSPORTE TERRESTRE.