De acuerdo con la Resolución 4272 de 2021, el trabajo en alturas es toda actividad que realiza un trabajador que ocasione suspensión y/o desplazamiento, en el que se vea expuesto a un riesgo de caída, mayor a 2.0 metros, con relación del plano de los pies del trabajador al plano horizontal inferior más cercano a él.[1]
¿Cómo mantiene su seguridad un trabajador en alturas?
En toda empresa que se realice trabajo en alturas se deben establecer requisitos mínimos de seguridad, prevención y protección para su desarrollo.
Al igual que para todo lo relacionado con la capacitación y formación de los trabajadores y aprendices que lo lleven a cabo.
Para ello existe:
El programa de prevención y protección contra caídas de alturas.
En este programa, el empleador debe identificar las tareas de trabajo en alturas y su ubicación, al igual que cada riesgo de caída en el área laboral.
Además de establecer y documentar uno o varios métodos para eliminar el trabajo en alturas a través de sistemas de ingeniería, adaptaciones de procesos, entre otros, o controlar cada riesgo de caída identificado.
Para esto, se debe aplicar especialmente la jerarquización de controles contenida en el artículo 2.2.4.6.24 del Decreto 1072 de 2015 o las normas que lo modifiquen o sustituyan.[2]
¿Qué debe contener este programa de prevención y protección?
De acuerdo con la resolución, el programa de la empresa debe contener como mínimo con:
a. Objetivo general que establezca los lineamientos básicos para trabajo en alturas.
b. Alcance del programa.
c. Marco conceptual, marco legal.
d. Roles y responsabilidades (se deben considerar como mínimo las responsabilidades y funciones del administrador del programa, la persona calificada, coordinador de trabajo en alturas, trabajador autorizado, ayudantes de seguridad y brigadas de emergencia para rescate en alturas).
e. Requisitos de capacitación y entrenamiento para los roles definidos por la organización.
f. Cronograma de cumplimiento de las actividades.
g. Identificación de peligros.
h. Evaluación y valoración de riesgos.
i. Inventario de actividades de trabajos en alturas, con su definición de tareas rutinarias y no rutinarias.
j. Procedimientos de trabajo documentados y los anexos definidos por el empleador.
k. Medidas de prevención.
l. Sistemas de acceso para trabajos en alturas.
m. Medidas de protección.
n. Procedimientos en caso de emergencias.
o. Indicadores de gestión específicos alineados al Decreto 1072 de 2015.
¿Qué roles y responsabilidades se encuentran en el programa de prevención y protección de caídas?
El empleador y/o contratante debe garantizar que, dentro del programa de prevención y protección contra caídas de alturas, se establezcan los siguientes roles y responsabilidades, que no necesariamente implican nuevos cargos al interior de la organización:
Roles y responsabilidades en el programa de prevención y protección contra caídas:
ROL | RESPONSABILIDAD | PERFIL REQUERIDO |
Administrador del programa de prevención y protección contra caídas de altura, de acuerdo al rol que cumple dentro de la empresa. | Diseñar, administrar y asegurar el programa de prevención y protección contra caídas, conforme con la definición establecida para ello. | Profesional, especialista o magister en SSTLicencia vigente en seguridad y salud en el trabajo.Curso de nivel coordinador de trabajo en alturas.Curso de 50 horas en SST y/o 20 horas. |
Persona calificada | Calcular resistencia de materiales, diseñar, analizar, evaluar, autorizar puntos de anclaje y/o estructuras para protección contra caídas.Las demás definidas en la presente resolución. | El perfil requerido se encuentra establecido conforme en la Ley 400 de 1997. |
Coordinador de trabajo en altura | Identificar peligros en el sitio en donde se realiza trabajo en alturas. Aplicar medidas correctivas inmediatas para controlar los riesgos. asociados a dichos peligros.Las demás definidas en la presente resolución. | Curso de nivel coordinador de trabajo en alturas.Curso de 50 horas en SST y/o 20 horas. |
Trabajador autorizado | Realizar las actividades de trabajo en alturas encomendadas por el empleador y/o contratante, cumpliendo las medidas definidas en la presente resolución.Las demás definidas en la presente resolución. | Capacitación en el nivel trabajador autorizado, y con reentrenamiento vigente cuando aplique, de acuerdo con lo establecido en la presente resolución |
Ayudante de seguridad de acuerdo con el rol que cumple dentro de la empresa. | Son los encargados de hacer cumplir que se mantengan las condiciones de seguridad en el sitio de trabajo para controlar el las áreas de riesgo de caída de objetos o personas.Las demás definidas en la presente resolución. | Capacitación en el nivel trabajador autorizado con reentrenamiento vigente[3] |
Si deseas continuar conociendo más sobre el trabajo en alturas y otros temas relacionados con Seguridad y Salud en el Trabajo no dudes en consultar el blog de Zona Protegida de SSI.
Recuerda que somos el aliado que garantiza protección a tus empleados, clientes, proveedores y visitantes las 24/7 los 365 días del año, con traslados en ambulancia y servicio de áreas protegidas médicas para tu empresa.
[1] Artículo 3. Ministerio del Trabajo. Resolución 4272 del 27 de diciembre de 2021.
[2] Artículo 4. Ministerio del Trabajo. Resolución 4272 del 27 de diciembre de 2021.
[3] Artículo 6. Ministerio del Trabajo. Resolución 4272 del 27 de diciembre de 2021.