Una vez conocimos el acoso laboral y sus diferentes modalidades, hoy abordaremos su impacto negativo en el bienestar de los trabajadores.
Para empezar, recordemos la definición de acoso laboral:
De acuerdo con la Ley 1010 de 2006 se establece que el acoso laboral es:
Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.
Y ¿cuáles son las consecuencias e impacto del acoso laboral en los trabajadores?
La Organización Internacional para el Trabajo OIT, ha establecido que la violencia en el trabajo es un problema mundial y no atenderla tiene consecuencias en la salud y el empleo:
1. Para las víctimas:
Se relaciona con sufrimiento psicológico, disminución de la motivación, pérdida de autoestima, cambio de comportamiento como aislamiento o deterioro de las relaciones sociales.
Lo cual afecta la productividad y aumenta la probabilidad de accidentalidad y enfermedades físicas o mentales producidas por el estrés, incluso llegando al riesgo de pérdida de trabajo o el suicidio.
2. Para las y los empleadores:
Se relaciona con la disminución de la productividad de la empresa debido a:
Afectaciones del trabajo en equipo, desmotivación o deterioro de las relaciones laborales.
Estas situaciones pueden generar ausentismo, alta rotación de recursos humanos, gastos por procedimientos administrativos e indemnizaciones.
Además de dificultad para llenar las vacantes en aquellos lugares de trabajo señalados por problemas de acoso sexual.
3. Para la sociedad:
Se relaciona con costos para la reintegración de las víctimas, el incremento de la violencia de género en el entorno laboral y la discriminación en el empleo.
Además de la segregación ocupacional, gastos en procesos legales y penales y la dificultad para el acceso de las mujeres a trabajos de alto nivel y buenos salarios.
¿Qué hacer frente al acoso laboral?
Para estos casos la OIT propone hacer frente a la violencia en forma multifacética, aplicando medidas:
Preventivas: Que tomen en consideración las raíces de la violencia y no sólo sus efectos.
Específicas: Dado que cada forma de violencia exige remedios distintos.
Múltiples: En el sentido de que se necesita combinar diferentes tipos de respuesta.
Inmediatas: Es decir, hay que establecer con anticipación un plan de intervención inmediata para contener los efectos de la violencia en el mundo laboral.
Favorables a la participación de todas las personas directa o indirectamente afectadas, incluidos los familiares, los directivos de la empresa, los colegas y las propias víctimas.
A largo plazo: Ya que las consecuencias de la violencia también se manifiestan a largo plazo y, por ende, las medidas coyunturales no bastan.
A su vez, se recomienda ampliar esfuerzos y asignar recursos para fortalecer y avanzar en el reconocimiento de las realidades diferenciales que viven las mujeres, incluyendo mujeres trans y personas con identidades y/u orientaciones sexuales diversas en el mundo del trabajo, a través de acciones como:
- Campañas de sensibilización.
- Acciones preventivas.
- Capacitación sobre esta temática en especial a las personas de los comités de Comité de Convivencia Laboral y los equipos de prevención de riesgos profesionales.
- Política institucional para la prevención del acoso sexual.
- Diagnóstico del clima laboral.
- Procedimientos y comités internos para la atención de este tipo de casos.[1]
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[1] Circular 026 del 8 de marzo de 2023. Punto 3. Ministerio del Trabajo.