Una empresa se encuentra en constante evolución, cambio y crecimiento, creando y aplicando nuevos procesos y estrategias para lograr la mejora continua de acuerdo a su naturaleza y al planteamiento de sus objetivos; sin embargo, estos cambios pueden tener diversas consecuencias, resaltando la importancia de la gestión del cambio.
De allí que el empleador o contratante deba implementar y mantener un procedimiento para evaluar el impacto sobre la seguridad y salud en el trabajo que puedan generar los cambios internos como:
- Introducción de nuevos procesos.
- Cambio en los métodos de trabajo.
- Cambios en las instalaciones.
O los cambios externos como:
- Cambios en la legislación.
- Evolución del conocimiento en seguridad y salud en el trabajo.
Para ello, se debe realizar la identificación de peligros y la evaluación de riesgos que puedan derivarse de estos cambios y se debe adoptar las medidas de prevención y control antes de su implementación, con el apoyo del Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Es por esto que, antes de introducir los cambios internos mencionados, el empleador debe informar y capacitar a los trabajadores relacionados con dichas modificaciones.[1]
A su vez, es necesario tener en cuenta el proceder del empleador o contratante ante:
Las adquisiciones: Frente a esto, el empleador debe establecer y mantener un procedimiento con el fin de garantizar que se identifiquen y evalúen en las especificaciones relativas a las compras o adquisiciones de productos y servicios, las disposiciones relacionadas con el cumplimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo por parte de la empresa.[2]
La contratación: El empleador debe adoptar y mantener las disposiciones que garanticen el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo de su empresa, por parte de los proveedores, trabajadores dependientes, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas, durante el desempeño de las actividades objeto del contrato.[3]
Para este propósito, el empleador debe considerar como mínimo, los siguientes aspectos en materia de seguridad y salud el trabajo:
1. Incluir los aspectos de seguridad y salud en el trabajo en la evaluación y selección de proveedores y contratistas.
2. Procurar canales de comunicación para la gestión de seguridad y salud en el trabajo con los proveedores, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas.
3. Verificar antes del inicio del trabajo y periódicamente, el cumplimiento de la obligación de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales, considerando la rotación del personal por parte de los proveedores contratistas y subcontratistas, de conformidad con la normatividad vigente.
4. Informar a los proveedores y contratistas al igual que a los trabajadores de este último, previo al inicio del contrato, los peligros y riesgos generales y específicos de su zona de trabajo incluidas las actividades o tareas de alto riesgo, rutinarias y no rutinarias, así como la forma de controlarlos y las medidas de prevención y atención de emergencias. En este propósito, se debe revisar periódicamente durante cada año, la rotación de personal y asegurar que, dentro del alcance de este numeral, el nuevo personal reciba la misma información.
5. Instruir a los proveedores, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas, sobre el deber de informarle, acerca de los presuntos accidentes de trabajo y enfermedades laborales ocurridos durante el periodo de vigencia del contrato para que el empleador o contratante ejerza las acciones de prevención y control que estén bajo su responsabilidad.
6. Verificar periódicamente y durante el desarrollo de las actividades objeto del contrato en la empresa, el cumplimiento de la normatividad en seguridad y salud el trabajo por parte de los trabajadores cooperados, trabajadores en misión, proveedores, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas.
Finalmente, para los efectos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, los proveedores y contratistas deben cumplir frente a sus trabajadores o subcontratistas, con las responsabilidades de la normatividad vigente.[4]
Todo con el fin de fortalecer la seguridad y salud en el trabajo partiendo de una óptima gestión de los cambios que se realicen en su empresa u organización, la cual puede potenciar con el servicio de áreas protegidas médicas de Zona Protegida de SSI, con atención oportuna las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
¡Espere nuestro próximo blog!
Muy pronto.
[1] Artículo 2.2.4.6.26. Ministerio del Trabajo. Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015.
[2] Artículo 2.2.4.6.27. Ministerio del Trabajo. Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015.
[3] Artículo 2.2.4.6.28. Ministerio del Trabajo. Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015.
[4] Artículo 2.2.4.6.28. Ministerio del Trabajo. Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015.