Al conocer los tipos de exámenes médicos ocupacionales existentes es importante determinar cuál es el objetivo con el que se realiza cada uno de ellos.
Para iniciar, es necesario recordar, cuáles son aquellas evaluaciones médicas ocupacionales que debe realizar el empleador público y privado en forma obligatoria:
1. Evaluación médica preocupacional o de preingreso.
2. Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas (programadas o por cambios de ocupación).
3. Evaluación médica posocupacional o de egreso.[1]
¿Para qué se utiliza cada uno de los exámenes médicos ocupacionales?
Evaluaciones médicas preocupacionales o de preingreso.
Son aquellas que se realizan para determinar las condiciones de salud física, mental y social del trabajador antes de su contratación.
Estas, en función de las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto, acorde con los requerimientos de la tarea y perfil del cargo.
De esta manera, su objetivo es determinar la aptitud del trabajador para desempeñar en forma eficiente las labores sin perjuicio de su salud o la de terceros.
Para ello, se comparan las demandas del oficio para el cual se desea contratar con sus capacidades físicas y mentales.
De igual manera, se establece la existencia de restricciones que ameriten alguna condición sujeta a modificación, y se identifican condiciones de salud que, estando presentes en el trabajador, puedan agravarse en desarrollo del trabajo.
Por su parte, el empleador tiene la obligación de informar al médico que realice las evaluaciones médicas preocupacionales, sobre los perfiles del cargo describiendo en forma breve las tareas y el medio en el que se desarrollará su labor.
En el caso de que se realice la contratación correspondiente, el empleador deberá adaptar las condiciones de trabajo y medio laboral según las recomendaciones sugeridas en el reporte o certificado resultante de la evaluación médica preocupacional.
Es importante saber que el médico debe respetar la reserva de la historia clínica ocupacional y sólo remitirá al empleador el certificado médico.
Para esto, debe indicar las restricciones existentes y las recomendaciones o condiciones que se requiere adaptar para que el trabajador pueda desempeñar la labor.[2]
Exámenes médicos ocupacionales periódicos.
Las evaluaciones médicas ocupacionales periódicas se clasifican en programadas y por cambio de ocupación.
Evaluaciones médicas periódicas programadas:
Se realizan con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador ocasionadas por la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo.
Asimismo, para detectar enfermedades de origen común, con el fin de establecer un manejo preventivo.
Para ello, deben realizarse de acuerdo con el tipo, magnitud y frecuencia de exposición a cada factor de riesgo, así como al estado de salud del trabajador.
En consecuencia, los criterios, métodos, procedimientos de las evaluaciones médicas y la correspondiente interpretación de resultados, deberán estar previamente definidos y técnicamente justificados en los sistemas de vigilancia epidemiológica, programas de salud ocupacional o sistemas de gestión, según sea el caso.
Evaluaciones médicas por cambios de ocupación:
El empleador tiene la responsabilidad de realizar evaluaciones médicas al trabajador cada vez que este cambie de ocupación y ello implique cambio de:
Medio ambiente laboral, funciones, tareas o exposición a nuevos o mayores factores de riesgo, en los que detecte un incremento de su magnitud, intensidad o frecuencia.
En todo caso, dichas evaluaciones deberán responder a lo establecido en el Sistema de Vigilancia Epidemiológica, programa de salud ocupacional o sistemas de gestión.
De esta manera, su objetivo es garantizar que el trabajador se mantenga en condiciones de salud física, mental y social acorde con los requerimientos de las nuevas tareas y sin que las nuevas condiciones de exposición afecten su salud.
Dato importante:
Los antecedentes que se registren en las evaluaciones médicas periódicas, deberán actualizarse a la fecha de la evaluación correspondiente y se revisarán comparativamente, cada vez que se realicen este tipo de evaluaciones.[3]
Evaluaciones médicas ocupacionales de egreso.
Son aquellas que se deben realizar al trabajador cuando se termina la relación laboral.
Por esto, su objetivo es valorar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de las tareas o funciones asignadas.
Para ello, el empleador deberá informar al trabajador sobre el trámite para la realización de la evaluación médica ocupacional de egreso.
En consecuencia, si al realizar la evaluación médica ocupacional de egreso se encuentra una presunta enfermedad profesional o secuelas de eventos profesionales no diagnosticados, ocurridos durante el tiempo en que la persona trabajó; el empleador elaborará y presentará el correspondiente reporte a las entidades administradoras, las cuales deberán iniciar la determinación de origen.[4]
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[1] Artículo 3. Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 2346 de 2007.
[2] Artículo 4. Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 2346 de 2007.
[3] Artículo 5. Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 2346 de 2007.
[4] Artículo 6. Ministerio de Salud y Protección Social. Resolución 2346 de 2007.