Una vez conocimos de qué se trata la licencia de maternidad, de paternidad y la licencia parental compartida en Colombia, ahora abordaremos la licencia parental flexible.
¿Qué es la licencia parental flexible de tiempo parcial?
En este caso, la madre y/o padre podrán optar por una licencia parental flexible de tiempo parcial, en la cual, podrán:
Cambiar un periodo determinado de su licencia de maternidad o de paternidad por un período de trabajo de medio tiempo.
Este será equivalente al doble del tiempo correspondiente al período de tiempo seleccionado.
Esta licencia, en el caso de la madre, es independiente del permiso de lactancia.
¿Cuáles son las condiciones de esta licencia?
La licencia se regirá por las siguientes condiciones:
1. Los padres podrán usar esta figura antes de la semana dos (2) de su licencia de paternidad.
Las madres, no antes de la semana trece (13) de su licencia de maternidad.
2. El tiempo de licencia parental flexible de tiempo parcial se contará a partir de la fecha del parto.
Salvo que el médico tratante haya determinado que la madre deba tomar una o dos (2) semanas de licencia previas a la fecha probable del parto.
Los periodos seleccionados para la licencia parental flexible no podrán interrumpirse y retomarse posteriormente.
Estos, deberán ser continuos, salvo aquellos casos en que medie acuerdo entre el empleador y el trabajador.
3. Esta licencia será remunerada con base en el salario de quien disfrute de la licencia por el período correspondiente.
El pago de la misma estará a cargo del respectivo empleador o EPS.
El pago del salario por el tiempo parcial laborado se regirá acorde con la normatividad vigente.
4. Esta licencia podrá ser utilizada por madres y/o padres que hagan uso de la licencia parental compartida, observando las condiciones señaladas en la normatividad vigente.
¿Qué requisitos se deben cumplir para la licencia parental flexible?
Para los efectos de la licencia parental flexible, los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. El único soporte válido para el otorgamiento de licencia parental flexible de tiempo parcial es el Registro Civil de Nacimiento.
Este deberá presentarse a la EPS a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la fecha del nacimiento del menor.
2. Debe existir mutuo acuerdo entre los empleadores y los trabajadores. El acuerdo deberá ir acompañado de un certificado médico que dé cuenta de:
a) El estado de embarazo de la mujer; o constancia del nacimiento.
b) La indicación del día probable del parto, o indicación de fecha del parto y
c) La indicación del día desde el cual empezaría la licencia correspondiente.
Este acuerdo deberá consultarse con el empleador a más tardar dentro de los 30 días siguientes al nacimiento.
A su vez, el empleador deberá dar respuesta a la solicitud dentro de los cinco (5) hábiles siguientes a su presentación.
Finalmente, la licencia parental flexible de tiempo parcial también se aplicará con respecto a los niños prematuros y adoptivos, teniendo en cuenta lo dispuesto en la normatividad vigente.
A tener en cuenta:
La licencia parental flexible de tiempo parcial es aplicable también a los trabajadores del sector público.
Para estos efectos, el Departamento Administrativo de la Función Pública, reglamentará la materia dentro de los seis (6) meses siguientes a la sanción de la presente ley.
Superado este periodo de tiempo el Presidente de la República conservará su facultad reglamentaria.[1]
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[1] Artículo 2. Parágrafo 5. Congreso de Colombia. Ley 2114 del 29 de julio de 2021.